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Secretaría de Gobierno y Participación Social

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Son funciones de la Secretaría de Gobierno, Participación y Gestión Social las siguientes:

1. Dirigir, formular, coordinar y ejecutar acciones interinstitucionales, con el objeto de consolidad la Gobernanza, propiciando la convivencia pacífica, el respeto, promoción y protección de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y la búsqueda y consolidación de la paz.

2. Coordinar las políticas de seguridad, el mantenimiento del orden público, el desarrollo normal de la actividad productiva y social mediante acciones interinstitucionales con los organismos correspondientes y los mecanismos de diálogo y concertación que contribuyan a la creación de confianza ciudadana y propicien la cultura de la tolerancia y respeto por la diferencia.

3. Desarrollar la política de paz, mediante mecanismos como el consejo Departamental de paz, la participación comunitaria, la coordinación, asistencia y articulación institucional en todos los niveles.

4. Coordinar, orientar y ejecutar las políticas públicas en relación con la diversidad cultural y étnica del departamento, posibilitando su diseño, construcción, implementación y evaluación de manera conjunta con las comunidades indígenas, afro descendiente, rom y demás minorías de forma que se garanticen sus derechos consagrados en la carta política.

5. Orientar y desarrollar políticas públicas en relación con la población LGTB, para asegurar la garantía de sus derechos y la eliminación de toda forma de discriminación.

6. Apoyar y promover la implementación de la Ley 1448 de 2011 de víctimas y restitución de tierras, en coordinación con las entidades nacionales, territoriales y la comunidad internacional.

7. Coordinar, asesorar, planificar desde el consejo Departamental de Gestión del Riesgo, las acciones para garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento y reducción del riesgo y manejo de desastres, promoviendo y garantizando la aplicación efectiva de los procesos de gestión del riesgo conforme a la Ley 1523 de 2012.

8. Apoyar a los municipios y demás entidades territoriales del nivel local, en los aspectos concernientes al ejercicio de su función gubernamental, de conformidad con las normas vigentes.

9. Apoyar el ejercicio de la democracia participativa en los términos reconocidos por la Constitución Política y la Ley.

10. Promover la creación y el fortalecimiento de asociaciones cívicas, comunitarias, gremiales, de economía solidaria, y demás manifestaciones organizativas de la sociedad civil.

11. Vigilar las actuaciones de las organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de velar por el cumplimiento de los estatutos y la normatividad legal vigente, y aplicar los correctivos necesarios en materia contable, administrativa y legal.

12. Promover, asesorar y capacitar a la comunidad en mecanismos de participación ciudadana, legislación comunal y solidaria, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

13. Coadyuvar al ejercicio de la democracia mediante la coordinación de los procesos electorales con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la fuerza pública y las demás autoridades competentes.

14. Coordinar el apoyo y acompañamiento a las instituciones bomberiles del Departamento.

15. Cordinar la administración eficiente de los recursos del Fondo de Seguridad y convivencia del Departamento.

16. Adelantar el trámite legal de la expedición de pasaportes requeridos por los usuarios, de conformidad con el convenio suscrito entre el Departamento del Cauca y el Ministerio de Relaciones Exteriores

17. Formular y coordinar la política social del Departamento, realizar seguimiento a la ejecución de los programas y proyectos de desarrollo social y evaluar sus resultados.

18. Coordinar y concertar con los sectores público y privado la gestión de programas y proyectos de desarrollo social a nivel subregional y municipal.

19. Elaborar diagnósticos sobre la situación de la población vulnerable, formular las recomendaciones y ejecutar las acciones preventivas y de atención pertinentes.

20. Diseñar y ejecutar la política pública departamental sobre infancia, adolescencia y juventud, en coordinación con las entidades del sector y asesorar a los municipios y autoridades en su implementación.

21. Apoyar el funcionamiento de los Consejos Departamentales de Juventud.

22. Coordinar la política pública, programas y proyectos en relación con el adulto mayor.

23. Desarrollar programas y proyectos dirigidos a la población con capacidades diferentes.

24. Asesorar a los municipios y autoridades en la formulación de la política social, a través de los Consejos de Política Social.

25. Implementar y operar en forma permanente un sistema de información que permita el seguimiento a la acción Departamental en materia de desarrollo social.

26. Las demás que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Enlaces de interés al ciudadano

Última Actualización: 24-Sep-2019 9:13 am
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